El Ministerio de Economía extendió hasta el 31 de diciembre la suspensión de posibles embargos y el inicio de ejecuciones fiscales para micro, pequeñas y medianas empresas. Se trata de una disposición que regía, en principio, hasta el 31 de julio, y ahora se mantendrá vigente hasta fin de este año. Esto significa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) no podrá iniciar demandas contra esos contribuyentes hasta el año que viene. En términos prácticos, el inicio de una ejecución fiscal implica la posibilidad de que un juez dicte medidas cautelares que permitan embargar cuentas bancarias u otros bienes a los contribuyentes deudores.
De acuerdo a la Resolución 617/2024 publicada en el Boletín Oficial, se encomendó a la Afip a disponer hasta fin de año la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para “las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1 y 2- con ‘Certificado MiPyME’ vigente a la fecha de dictado de la presente resolución, las personas humanas y sucesiones indivisas que sean consideradas pequeños contribuyentes en los términos que determine la Administración Federal de Ingresos Públicos, y las entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas”.
